Teesin revoca resolución de Morena sobre improcedencia de queja ciudadana contra Imelda Castro por actos de campaña

Culiacán, Sinaloa (Café Negro Portal). -El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa aprobó por mayoría de votos revocar la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, mediante la cual se había declarado improcedente, por frivolidad, la queja presentada por una militante de esa fuerza política en contra de la senadora Imelda Castro Castro, por presuntos actos anticipados de campaña.

La militante inconforme de nombre, Gladys Salas Bejarano, señaló como agravios la falta de exhaustividad, de fundamentación y motivación, así como una indebida valoración probatoria y la transgresión al principio de legalidad por no atender jurisprudencia obligatoria.

En un primer momento, el magistrado ponente Luis Alfredo Santana Barraza propuso confirmar el acuerdo impugnado; sin embargo, la propuesta fue rechazada por mayoría de votos, correspondiendo al magistrado presidente Edgar Donato Vega Márquez la elaboración del engrose.

El magistrado Vega Márquez explicó que, al rechazarse el proyecto inicial presentado por el magistrado ponente Luis Alfredo Santana Barraza, correspondió a su ponencia elaborar el engrose, es decir, una nueva resolución que recoge los argumentos de la mayoría del pleno y cambia el sentido del fallo.

“Tengo 24 horas para hacerlo, porque se trata de sustituir el proyecto original por otro que atienda los agravios planteados por la quejosa”, señaló.

El Tribunal determinó que los agravios expuestos eran fundados, al advertir que la resolución de la Comisión Nacional carecía de exhaustividad, fundamentación y motivación suficientes, además de una indebida valoración de las pruebas.

Vega Márquez subrayó que el expediente contenía un cúmulo de elementos que no podían ser desechados como simples notas periodísticas, por lo que correspondía a la Comisión Nacional analizarlos en su totalidad.

La resolución ordena a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena deberá emitir, en un plazo de siete días, una nueva determinación que se pronuncie sobre todos los argumentos y pruebas presentadas, garantizando un estudio completo y debidamente motivado.

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