El ministro Luis María Aguilar Morales propuso una interpretación del artículo 19 constitucional para acotar la figura de la prisión preventiva oficiosa.
El nuevo proyecto que discutirá el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 22 de noviembre ahora plantea una interpretación “conforme en sentido amplio” de la Constitución y anteponer el principio por persona y de presunción de inocencia.
En el nuevo documento se argumenta que si la prisión preventiva oficiosa “es automática”, ello rompería con la presunción de inocencia, el debido proceso legal, la obligación de los jueces penales de justificar fundada y motivadamente sus resoluciones, e incluso “con los principios fundamentales del sistema penal acusatorio y con la necesidad de someter a control judicial previo este tipo de medidas”.6
Con esta nueva interpretación los jueces no podrían aplicar de manera automática dicha medida cautelar y tendrían que someterla a análisis.
Con información de Milenio