Aprueban Ley de Revocación de Mandato en Sinaloa

Culiacán, Sinaloa (Café Negro Portal).- Por unanimidad, el Congreso del Estado aprobó expedir la Ley de Revocación de Mandato del Estado de Sinaloa para el caso del cargo de gobernador.

La iniciativa fue enviada por el actual mandatario estatal Rubén Rocha Moya, quien podría ser sometido a la encuesta, a los 3 años de su administración.

Con esta Ley se emitirán las disposiciones regulatorias y se estructurarán cada una de las etapas que conforman el proceso de revocación de mandato.

En tribuna, la diputada Elizabeth Chía Galaviz señaló que para el grupo parlamentario del Partido Sinaloense la aprobación de la iniciativa de Revocación de Mandato es un logro que se tiene que festejar ya que la propuesta que ellos presentaron junto con la ex legisladora Angélica Díaz Quiñónez, cayó en omisión legislativa y fue necesario que el Tribunal Electoral del Estado, obligará a la 64 legislatura para que emitiera un dictamen.

Afirmó que la revocación de mandato no es un tema nuevo, el PAS fue el primero en presentar la iniciativa para que se expidiera dicha Ley, por lo que hoy se debe de celebrar que finalmente Sinaloa contará con este instrumento que hace posible la expresión; “el pueblo pone, y el pueblo quita”.

“Recordemos que la Revocación de Mandato es un instrumento de participación ciudadana para determinar si, en este caso el Gobernador, concluye anticipadamente el desempeño de su cargo debido a la pérdida de la confianza. Este mecanismo ahora en estatus de Ley es un real empoderamiento de la ciudadanía, porque obligará al Ejecutivo estatal a realizar un adecuado desempeño dentro de la administración pública y representa un contrapeso en la transparencia y rendición de cuentas, obligará a quien ocupe la titularidad del ejecutivo local a cumplir con sus responsabilidades, con sus compromisos de campaña y con la plataforma electoral que lo llevó al triunfo en las urnas”, expreso Chía Galaviz.

Manifestó que el dictamen por el cual iban a votar a favor viene a representar un importante avance en esta materia que es un ejercicio de participación ciudadana para que en los próximos meses se pueda aplicar cuando el gobernador Rubén Rocha Moya cumpla 3 años de su mandato.

A nombre de los diputados de Morena, Ambrocio Chávez Chávez dijo que la revocación de mandato es un mecanismo para que los sinaloenses tengan el poder de decidir si un gobernante permanece o debe salir de su cargo.

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación de la 64 Legislatura explicó que este dictamen resultó de una iniciativa que envió el gobernador Rubén Rocha Moya, la cual fue respaldada por todos los integrantes de la Comisión, quienes lo votaron por unanimidad.

El legislador comentó que, a nivel nacional, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, ya se sometió a este ejercicio, gracias a la Ley aprobada por el Congreso de la Unión, sin embargo, era necesario que este mecanismo se bajara a los estados.

Indicó que a partir de ahora el gobernador de Sinaloa podrá ser sometido al escrutinio de los ciudadanos, después de 3 años de administración, en caso de que los sinaloenses consideren que no ha hecho bien su trabajo, aunque el reto es que a la revocación de mandato también se aplique en cargos locales, como presidencias municipales y diputados, además de diputaciones federales y senadurías.

La Ley de Revocación de Mandato se podrá aplicar cuando un presidente de la República o un gobernador, que no esté cumpliendo con la Ley o con sus funciones de gobernantes, y no atiendan las necesidades del pueblo de México y de Sinaloa, sean retirados del cargo, el pueblo mismo, puede, con este mecanismo de la ley, solicitar que salgan del puesto, que se retire, a la mitad del mandato.

El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación.

El inicio del proceso de revocación de mandato solamente procederá a petición de las personas ciudadanas en un número equivalente, al menos, al 10 por ciento de las inscritas en la lista nominal de electores del estado, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos 11 municipios.

El inicio del proceso de revocación de mandato podrá solicitarse, por una sola ocasión, durante los 3 meses posteriores a la conclusión del tercer año del período constitucional de quien ostente la titularidad del Poder Ejecutivo estatal por votación popular.

La jornada de votación se celebrará el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales, federal o locales.

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