Culiacán, Sinaloa (Café Negro Portal).– El Congreso del Estado dio primera lectura al dictamen que adiciona el artículo 264 Bis al Código Penal de Sinaloa, con el objetivo de castigar el uso, fabricación y comercialización de objetos conocidos como “ponchallantas”.
La propuesta contempla penas de hasta diez años de prisión y multas económicas, además de sanciones más severas si se involucra a menores de edad.
De acuerdo con el dictamen, quienes coloquen o arrojen en vías de comunicación objetos punzocortantes, como estrellas metálicas, abrojos, erizos o varillas fabricadas con materiales como acero, podrían enfrentar de tres a diez años de cárcel, multas de 100 a 500 días y el decomiso de los artefactos.
La iniciativa también sanciona con la misma pena a quienes fabriquen, distribuyan, comercialicen o faciliten la obtención de estos objetos con el propósito de bloquear el tránsito vehicular o causar daños a terceros.
El dictamen establece como vías de comunicación todas las calles, caminos, carreteras, autopistas, libramientos y similares.
El documento precisa que las penas aumentarán hasta en una mitad cuando se utilice a menores de edad en la comisión del delito, cuando el responsable sea servidor público, o si tuvo ese carácter dentro de los cinco años anteriores al hecho.
El dictamen surge de dos iniciativas: una presentada por un grupo de abogados y otra promovida por el Grupo Parlamentario de Morena.
Con esta reforma, el Congreso busca frenar el uso de estos artefactos, empleados frecuentemente en hechos delictivos para obstaculizar persecuciones o afectar a terceros.