Culiacán, Sinaloa.- La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Culiacán (JAPAC), informó que ayer a las 08:00 de la noche se culminó con la reparación de la línea de 36 pulgadas que abastece del servicio de agua potable al sur de Culiacán.
Es posible, que algunas zonas amanezcan con servicio, sin embargo, se exhorta a la población a hacer un uso moderado del agua, para evitar que los grandes consumos provoquen afectaciones nuevamente en el servicio.
Recordemos que la recuperación al 100 por ciento en la zona afectada, será hasta el amanecer del jueves 14 de septiembre.
Por este motivo, a partir de las 7:00 de la mañana, estará a disposición de la ciudadanía, el abastecimiento de agua potable a través de pipas en los siguientes puntos:
- Col. Alturas del Sur, en Calle Corneta Fco. Ramírez y calle Cima San Pablo
- Col. Barrancos, en calle Municipio Libre y Coníferas.
- Col. La Cascada, en calle Luis de la Mora y calle la Cebra.
- Col. Zapata, en calle Plan de Ayala y Revolución.
- Col. CNOP, en Av. 21 de Marzo y Guillermo Prieto
- Col. Francisco Labastida Ochoa, en Blvd. Las Torres y Solidaridad.
- Col. Mezquitillos, en calle Mezquitillos y Marina Nacional.
- Col. Las Huertas, en calle Patria y Silvestre Revuelta.
- Col. El Ranchito, en calle principal del Ranchito y ampliación Álvaro Obregón.
- Col. Las Coloradas en blvd. San Ángel y calle Abedules
- Col. Felipe Ángeles, en calle José Natividad Macías y Manuel Gutiérrez
- Col. Esthela Ortiz de Domínguez, en calle Rubén Martín y Rosendo Rodríguez
- Col. Villa Verde, en Blvd. Roma y Praga.
- Colonia El Diez, recorrerá las calles.
- Colonia Carlos Solidario, en el Diez, recorrerá las calles.
- Ejido Argentina, recorrerá las calles.
- Colonia Bachigualato, en calle María Bustamante, frente a abarrote.
- Colonia Terrones, en calle Terrones y Maximiliano Gámez, afuera de la Esc. Esthela Ortiz
- Colonia Fco. I. Madero, en Av. Álvaro Obregón y Mina del Realito, en la Esc. Prim. Diana Laura Riojas
- Colonia Barrancos, en Calle Artículo 27, entre Privada de Los Empaques y Artículo 110