¿El gran hermano fiscal? A partir del 2026 el SAT tendrá acceso a tus plataformas digitales

 

(Café Negro Portal). – ¿Imaginas que el SAT pueda tener acceso en tiempo real a tus plataformas digitales favoritas? Suena como un episodio de “Black Mirror”, pero ahora es parte de una reforma recién aprobada por la Cámara de Diputados que ha generado polémica debido a que vulnera la privacidad digital y la vigilancia fiscal.

Con 348 votos a favor y 130 en contra, diputados de Morena y sus aliados avalaron una modificación al Código Fiscal de la Federación (CFF) que otorga al Servicio de Administración Tributaria (SAT) acceso directo, en línea y en tiempo real a los registros de plataformas como Netflix, Amazon, Mercado Libre, Uber o hasta Tinder.
¿Cuándo entra a vigor el nuevo artículo del Código Fiscal?

El nuevo artículo 30-B permitirá a las autoridades fiscales consultar información para comprobar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

La medida entrará en vigor el 1 de abril de 2026, pero ya desató una tormenta política y social.

¿El SAT vigilará todo lo que haces?

Durante la sesión en San Lázaro, legisladores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano advirtieron que la reforma podría ser el inicio de una vigilancia masiva sobre la actividad digital de los mexicanos.

Según reportó “Latinus”, diputadas de oposición acusaron al gobierno de crear “un gran hermano fiscal que invade la privacidad de los ciudadanos”, ya que el SAT podría acceder a datos como suscripciones, transacciones o historial de compras sin una orden judicial.
Además, el artículo 30-B prevé que si una empresa digital se niega a otorgar acceso, el SAT podrá bloquear temporalmente el servicio.

Esto podría afectar no solo a usuarios, sino también a negocios digitales y emprendedores que dependen de estas plataformas para vender o anunciar productos.
¿A qué tendrá acceso el SAT?

Según el texto aprobado del artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), el SAT tendrá acceso “en línea y en tiempo real” a la información que permita comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las plataformas digitales.

En otras palabras, en teoría no se trata de ver tus mensajes, historial de series o matches, sino de acceder a los registros operativos y financieros que muestren cómo las plataformas generan y declaran ingresos.

¿Es legal?

Muchas personas calificaron la medida como una “invasión total y permanente” a la información de los ciudadanos.

¿Por qué se aprobó el nuevo artículo del Código Fiscal?

De acuerdo con Morena, los legisladores defendieron la iniciativa argumentando que su objetivo es fortalecer la recaudación y combatir la evasión fiscal.

El diputado Alfonso Ramírez Cuéllar aseguró que no se trata de espionaje, sino de garantizar que las plataformas cumplan con sus responsabilidades tributarias:

“No hay vigilancia sobre la vida privada de las personas. Esta reforma busca cerrar brechas fiscales y atacar las factureras que tanto daño han hecho al país.”

Por su parte, el presidente de la Comisión de Hacienda, Carol Antonio Altamirano, afirmó que el dictamen limita el acceso del SAT solo a la información necesaria para verificar obligaciones fiscales, garantizando la protección de datos personales.

Sin embargo, la redacción del artículo 30-B no delimita claramente qué datos podrá consultar el SAT, lo que podría dar lugar a interpretaciones amplias o intrusivas.

No cabe duda de que nos enfrentamos a una nueva era digital; ¿estás dispuesta o dispuesto a seguir así? o ¿prefieres volver a los teléfonos con funciones básicas?

_Con información de Chic Magazine_

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