Aprueba Congreso la regulación de agentes inmobiliarios en Sinaloa

Culiacán, Sinaloa (Café Negro Portal).- El Congreso del Estado aprobó por unanimidad la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado de Sinaloa, la cual vendrá a regular las actividades de los agentes inmobiliarios en beneficio de los clientes o usuarios de estos servicios y proteger su patrimonio.

El diputado Ambrosio Chávez Chávez, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, manifestó que era urgente la expedición de esta nueva normatividad para evitar que haya una competencia desleal y que no se creen monopolios de quienes tienen la manera de comprar y hacer negocios particulares.

El legislador señaló que la propuesta de esta ley fue planteada por el sector inmobiliario desde hace casi 30 años y su aprobación hoy es muy pertinente, ya que Sinaloa registra una marcada reactivación económica en el campo inmobiliario, principalmente en Mazatlán, la cual empezó a cobrar auge a raíz de la construcción de la autopista Mazatlán-Durango.

De acuerdo con el dictamen aprobado con 28 votos a favor, la aplicación de la presente ley corresponderá a la Secretaría General del Poder Ejecutivo del Estado quien contará con 9 atribuciones siendo la primera recibir las solicitudes y en su caso, otorgar la licencia respectiva al agente inmobiliario e inscribirla en el Registro.

La Secretaría a través de la Dirección del Archivo General de Notarías del Estado de Sinaloa, actuará como órgano de apoyo técnico de la Secretaría, en relación con la aplicación de esta ley, de conformidad con las atribuciones que les confiere el reglamento respectivo.

La Dirección del Archivo General de Notarías del Estado de Sinaloa implementará las medidas necesarias a efecto de que los notarios públicos verifiquen, antes de formalizar cualquier acto jurídico de carácter inmobiliario, que el agente inmobiliario que en caso intervenga en dichas operaciones cuenten con la inscripción en registro y la licencia a que se refiere la presente ley, según proceda.

Los notarios públicos deberán avisar a la Secretaría cuando de la verificación resulte que el agente inmobiliario no cuenta con la inscripción en el registro y con la licencia respectiva.

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