Aprueban dictamen para incluir la Revocación de Mandato del gobernador de Sinaloa

Culiacán, Sinaloa (Café Negro Portal).- La Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación aprobó el dictamen para incluir en la Constitución Política del Estado la figura de Revocación de Mandato para el caso del gobernador del Estado.

Tras reanudar este miércoles la reunión de trabajo que se declaró permanente el pasado lunes, los legisladores integrantes de esta comisión aprobaron por unanimidad estas modificaciones para armonizar la ley local con la federal.

El diputado José Manuel Luque Rojas afirmó que el Poder Legislativo se encuentra en omisión legislativa al no haber realizado en tiempo y forma las modificaciones a la ley para incluir la figura del Ejecutivo en la Revocación de Mandato.

Durante la reunión de trabajo, el diputado Feliciano Valle Sandoval propuso que en caso de que la consulta resulte vinculante y se remueva al gobernador en turno, que no sea el Congreso del Estado quien nombre a quien será el nuevo Ejecutivo estatal, sino que se convoque a elecciones, propuesta que no fue aceptada.

Entre las consideraciones tomadas en cuenta es que se fortalece el sistema de representación política, debido que obliga a quien ocupe la titularidad del Ejecutivo local a cumplir con sus responsabilidades, obligaciones y compromisos asumidos, de lo contrario, las y los ciudadanos podrán removerlo.

El dictamen se elaboró tomando como base las iniciativas de reformas presentadas ante el Congreso local por el gobernador Rubén Rocha Moya, los grupos parlamentarios de Morena y el PAS y un grupo de ciudadanos sinaloenses.

El dictamen indica que el proceso de revocación de mandato será convocado por el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa a petición de los ciudadanos, en un número equivalente, al menos, al 10 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores del estado, en por lo menos once municipios.

Se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional. Se realizará mediante votación libre, directa y secreta de los ciudadanos inscritos en la lista nominal del estado, el domingo siguiente a los noventa días posteriores a la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales, federal o local.

El IEES tendrá a su cargo la organización, desarrollo y cómputo de la votación.

El cómputo final lo realizará el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa.

Para que el proceso de revocación de mandato sea válido, deberá haber una participación de, por lo menos, el 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores del estado.

El Congreso del Estado deberá expedir la Ley de Revocación de Mandato para el estado de Sinaloa dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.

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