Determina IEES que hay promoción personalizada de la senadora Imelda Castro

Culiacán, Sinaloa (Café Negro Portal).- El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) determinó, en sesión especial virtual, la existencia de promoción personalizada atribuida a la senadora de la República por Morena, Imelda Castro Castro, tras acreditarse que utilizó su nombre, cargo e imagen para posicionarse ante la ciudadanía de cara al próximo proceso electoral.

La resolución se deriva del procedimiento sancionador ordinario iniciado a raíz de una denuncia interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN) el pasado 7 de abril de 2026. Al confirmarse la infracción constitucional, el IEES ordenó turnar el expediente completo al Senado de la República para que proceda en los términos de la ley.

La Secretaría Ejecutiva del órgano electoral desplegó una investigación que abarcó la revisión de notas periodísticas, publicaciones en Facebook y un paquete de 15 videos ofrecidos como prueba técnica. Cabe destacar que, de los 67 eventos denunciados por la oposición, la autoridad detectó que 41 ya formaban parte de litigios pasados que habían sido resueltos.

Sin embargo, las nuevas diligencias aportaron elementos determinantes para acreditar los tres criterios (personal, temporal y objetivo) que exige la jurisprudencia federal para configurar la promoción personalizada.

Elemento Personal: Plenamente identificado en su página de Facebook con su nombre, rostro y cargo. Además, la autoridad local constató la presencia de lonas y bardas pintadas con su nombre y una silueta femenina con lentes. El IEES detalló que la propia senadora admitió que las pintas se refieren a ella, aunque argumentó desconocer quién ordenó y pagó por dichas estructuras.

Elemento Temporal: Las publicaciones e impactos publicitarios se concentraron entre los meses de enero y mayo de este año 2026, situándose a escasos seis meses del arranque formal del proceso electoral estatal 2026-2027.

Elemento Objetivo: Se constató que las publicaciones analizadas revelan una intención clara de generar un posicionamiento central de su figura frente a la ciudadanía de Sinaloa.

Pese a acreditarse la promoción personalizada que prohíbe explícitamente el párrafo octavo del artículo 134 constitucional, el Consejo General del IEES desestimó las acusaciones referentes a actos anticipados de campaña y desvío de dinero del erario.

Por un lado, la investigación en la biblioteca de anuncios de Facebook comprobó que la publicidad pagada en la plataforma (registrada entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de marzo de 2026) fue financiada a título personal por la ciudadana Imelda Castro Castro como persona física y propietaria de la cuenta, sin que se pudiera comprobar el uso de recursos provenientes de un ente público.
Por otra parte, el análisis integral de los videos, frases en bardas y mensajes determinó que en ningún momento se emitieron llamados explícitos o velados al voto, ni se presentaron propuestas de campaña o plataformas electorales de cara al futuro proceso.

Al no contar el IEES con la facultad directa para sancionar a un legislador federal, y tras declarar formalmente la existencia de la infracción al artículo 134 constitucional y al artículo 282 de la ley electoral local (LIPEES), el pleno del Consejo General instruyó a la Secretaría Ejecutiva remitir un expediente certificado con todas las constancias a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión para que aplique las medidas que la normatividad federal estipule.

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