¿Qué menores podrán recibir la vacuna anticovid en México? Esta es la lista de comorbilidades

El gobierno mexicano anunció cambios a la Política Nacional de Vacunación contra el coronavirus, con los cuales se autoriza la vacunación para menores de entre 12 y 17 años con alguna comorbilidad que los ponga en mayor riesgo de contraer una enfermedad grave por Covid-19 o incluso de morir a causa del virus.

De este modo, la Secretaría de Salud extiende su espectro poblacional para la vacunación con las dosis de Pfizer, que hasta ahora han demostrado ser las únicas con “seguridad e inmunogenicidad en personas de 12 años en adelante”, según se lee en el comunicado difundido por las autoridades sanitarias del país.

De acuerdo con los datos del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, la carga de la enfermedad en personas menores de edad (0 a 17 años) representa alrededor del 5% del total de la epidemia. Asimismo, la carga de hospitalizaciones y defunciones representan 1.6% y menos del 1%, respectivamente.

Estas son las comorbilidades que el gobierno mexicano tomará en cuenta para poder vacunar a menores de edad.

Condiciones cardíacas crónicas: Aplica para pacientes de enfermedad cardíaca congénita o adquirida con datos de insuficiencia cardiaca. También para quienes sufren de hipertensión arterial primaria o secundaria en tratamiento médico con anti-hipertensivos.

Enfermedad pulmonar crónica: Entran en esta categoría los niños con asma grave mal controlada, discinesias ciliares, displasia broncopulmonar, fibrosis quística, fibrosis pulmonar intersticial y malformaciones congénitas del sistema respiratorio.

Afecciones crónicas del riñón, hígado o sistema digestivo: En esta categoría entran menores con malformaciones congénitas de riñón, hígado o sistema digestivo que condiciona un riesgo para la vida; reflujo gastroesofágico severo que puede predisponer a infecciones respiratorias; gastrostomía; cirrosis, atresia biliar; hepatitis crónica, e insuficiencia renal crónica grado 3 o superior incluyendo pacientes con terapia sustitutiva (hemodiálisis o diálisis peritoneal).

Enfermedad neurológica crónica: Se incluye a pacientes con parálisis cerebral, autismo moderado o grave, epilepsia de difícil control y con afección neurológica y distrofia muscular. También se contempla a menores con trastornos congénitos que puedan afectar al sistema nervioso; enfermedad hereditaria y degenerativa del sistema
nervioso o de los músculos u otras afecciones asociadas con la hipoventilación; discapacidades de aprendizaje múltiples o graves o profundas (PMLD); miastenia y enfermedades relacionadas; esclerosis múltiple y Síndrome de Down.

Enfermedades endócrinas: Diabetes mellitus en cualquiera de sus formas y grado de control, síndrome de Addison, síndrome hipopituitario, obesidad grave (igual o superior a 3 deviaciones estándar (DE) de las tablas de referencia de la OMS 2007.

Inmunosupresión moderada a grave: Aquí se incluye a menores sometidos a tratamiento activo para tumores sólidos o neoplasias malignas hematológicas (leucemia, linfoma y mieloma), o dentro de los 3 años posteriores a la curación. Asimismo, a receptores de trasplantes de órganos sólidos o de células madre dentro de los 2 años posteriores al trasplante o recibiendo tratamiento inmunosupresor. También a pacientes en lista de espera para trasplante, con inmunodeficiencia primaria moderada o severa (por ejemplo: Síndrome de DiGeorge, Síndrome de WiskottAldrich, Inmunodeficiencia Común Variable) o secundaria a enfermedad o tratamiento.

En este grupo están contemplados niños con tratamiento activo con inmunosupresores que producen inmunosupresión significativa (incluidos corticosteroides en dosis altas (niñas, niños y adolescentes > 10 Kg: ≥20 mg de prednisona o su equivalente por día cuando se administra durante ≥2 semanas), agentes alquilantes, antimetabolitos, fármacos inmunosupresores relacionados con el trasplante, agentes quimioterapéuticos contra el cáncer, bloqueadores del factor de necrosis tumoral (FNT) y otros medicamentos que son significativamente inmunosupresores o que los han recibido en los 6 meses anteriores, quimioterapia o radioterapia inmunosupresora.

Además, fueron incluidos menores con enfermedades autoinmunes que pueden requerir tratamientos inmunosupresores a largo plazo, lupus eritematoso sistémico y artritis reumatoide, entre otros, así como por infección por VIH/SIDA o infecciones por tuberculosis.

Asplenia o disfunción del bazo y enfermedades hematológicas: Esferocitosis hereditaria, drepanocitosis homocigótica, talasemia mayor, cualquier otro caso de causa de asplenia y hemofilia.

Anomalías genéticas graves que afectan a varios sistemas: Enfermedades mitocondriales, anormalidades cromosómicas. enfermedades lisosomales y errores innatos del metabolismo.

¿Cómo será el registro?

El registro será personal en la plataforma mivacuna.salud.gob.mx. En esa página, el usuario o usuaria deberá seleccionar el grupo de riesgo o comorbilidad al que pertenece. Deberá presentarse en la unidad de vacunación en la fecha, horario y lugar que corresponda.

El niño y/o adolescente deberá presentarse al módulo de vacunación con un carné o una constancia que acredite el diagnóstico de la comorbilidad que padece. Ese documento deberá ser expedido por el personal médico tratante.

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