Votar en la consulta de revocación era obligatorio y debe haber sanciones: Pablo Gómez

Pablo Gómez, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del gobierno federal, dijo que la participación ciudadana en la Revocación de Mandato era obligatoria y de acuerdo con la Constitución de México, se plantean sanciones como la suspensión de los derechos electorales hasta por un año para quien incumpla con el deber de acudir a las urnas

El ex perredista recriminó que el Instituto Nacional Electoral (INE) no haya informado a los mexicanos que el voto en la Revocación de Mandato era obligatorio. Esto luego que solo 16.5 millones de mexicanos con credencial de elector acudieron a las mesas de votación mientras que casi 76 millones de personas decidieron no asistir.

Gómez citó el artículo 35 constitucional en el cual se establece que todos los ciudadanos tienen la obligación de votar en las elecciones, las consultas populares y los procesos de revocación de mandato, y puntualizó que en el artículo 38 “la sanción por no hacerlo”.

No obstante, el funcionario federal tuvo una pequeña confusión respecto al artículo de la Constitución en el que se establece la obligatoriedad y poco después realizó la precisión respecto a que el artículo 35 habla del derecho al voto mientras que en el 38 se mencionan las sanciones por no votar.

La Constitución señala que votar en las elecciones populares es un derecho y aunque en el artículo 38 se habla de posibles suspensiones, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales indica que es necesario que un juez determine la suspensión de los derechos electorales a un ciudadano y posteriormente se debe dar aviso al INE para retirar su nombre del padrón electoral por el tiempo que dure dicha medida.

El exdiputado federal por Morena acusó al INE de ocultar a la ciudadanía el carácter obligatorio de la jornada del pasado domingo en el que terminó por definirse que el presidente de la República Andrés Manuel López Obrador permanecerá en el cargo por el resto de su mandato constitucional.

De acuerdo con datos del INE, en la jornada del 10 de abril participaron 16 millones 503 mil 636 personas de los 92 millones 823 mil 216 que conforman la Lista Nominal.

De este modo, 76 millones 319 mil 580 mexicanos incumplieron con la obligación de votar en la Revocación de Mandato y en teoría podrían recibir la sanción que plantea la Constitución en el artículo 38:

Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden: Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 36. Esta suspensión durará un año y se impondrá además de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley.

 

(Con información de Infobae)

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